El Blog de Martineau & Mindicanu

¿Quién puede representarlo en su proceso de inmigración?

Con el fin de evitar un fraude en inmigración, ahora la ley canadiense es más clara que nunca respecto a quién puede representar a una persona en un proceso o tema de inmigración. En esta publicación le informamos quién puede y quién no puede representarlo en su proceso, información importante para protegerse de cualquier potencial fraude.

¿Quién puede representarlo en su proceso de inmigración?

Quién PUEDE representarlo en su proceso de inmigración

De acuerdo con el artículo 91 de la Ley de Inmigración y Protección de Refugiados, solo las personas autorizadas pueden ayudar a una persona y cobrar honorarios o cualquier tipo de remuneración directa o indirecta. Los representantes autorizados son:

Adicionalmente, si considera ir a Quebec o Saskatchewan y está tratando con un consultor reglamentado, es obligatorio que el consultor sea reconocido por los gobiernos de esas provincias también.

Para verificar que la persona se encuentra en la lista, visite:

Asegúrese de que su representante esté en la lista, con el fin de evitar que su expediente sea devuelto, rechazado o retrasado.

Quién NO PUEDE representarlo en su proceso de inmigración

Cualquier persona que no tiene las licencias antes mencionadas no puede representarlo.
Para mayor claridad, la ley 35 (Bill-35) incluye una lista de instituciones que serán multadas severamente si ofrecen servicios de inmigración. La lista incluye:

Recuerde que tener ayuda de una persona autorizada significa obtener asesoría profesional de alguien que está capacitado y cuenta con la experiencia para ayudarlo. Las personas no autorizadas, sin tomar en cuenta lo convincentes que son o las garantías que le ofrecen, no tienen el derecho a asistirlo y pueden poner en riesgo su proyecto, sus sueños, su dinero y su tiempo.

Aviso legal 


El contenido de esta publicación es general y no pretende ser asesoramiento legal específico. Para obtener información sobre cómo se aplican las leyes de inmigración canadiense en su caso particular, le invitamos a programar una consulta personalizada.

Si te gustó este artículo, ¡considera compartirlo!

7 Responses

  1. Existen empresas de reclutamiento de personal, las cuales están enlazando personal calificado en Centroamérica con empresas canadienses y estas compañías al seleccionar al trabajador extienden una carta de trabajo, la cual junto a varios papeles el trabajador presenta en la embajada de Canadá mas cercana para solicitar su visa de trabajo y las autoridades de la embajada evaluaran si otorgan visa al trabajador o no. Mi pregunta es ¿es legal dar compensación económica a estas compañías de reclutamiento de personal al ser entregada la carta de trabajo de la compañía canadiense? o ¿hasta recibir la visa? o ¿no deben de recibir ningún pago? La duda es si las empresas canadienses pagan a estas compañías de reclutamiento o debe ser el trabajador quien debe pagar.

    1. Hola Ricardo,
      Es siempre ilegal cobrar dinero a un trabajador para reclutarlo. Para el trámite migratorio (permiso de trabajo, y Certificado de Aceptación de Quebec si es en esa provincia), un representante autorizado podría cobrar un dinero al trabajador para el servicio de inmigración, aunque es más común que los honorarios sean pagados por la empresa canadiense. Un reclutador que no es un representante autorizado (según lo definido en esta nota y nuestro video) actua de manera ilegal si cobra dinero.
      El reclutador recibe su dinero de parte de la empresa canadiense. El cliente del reclutador, es la empresa, no el trabajador.
      Saludos!

  2. Existe un hombre en Cali-Colombia cuyo nombre es (mensaje del moderador – en esta etapa no podemos publicar un nombre y dañar reputación), quien labora como contratista para la Gobernacion del Valle, este hombre ofrece los servicios supuestamente como intermediario entre las personas interesadas y la Embajada Canadiense. Pide la suma de un millon de pesos por persona y copia de los pasaportes, aparentemente el muestra con documentos reales que las personas a las que ayuda con la visa laboran para el gobierno colombiano y les consigue cartas laborales, afiliacion a EPS y demas para presentar ante la embajada, al menos eso es lo que argumenta, ofreciendo una visa como refugiado politico, pero en realidad es un ladron y mentiroso, un perfecto estafador, porque nunca sale con ninguna visa y asi van cayendo muchas personas que en su sueño de viajar a Canada depositan confianza en esta persona.

    1. Pat Chavez, pienso que es importante lo que dices para que los que tenemos como proyecto ir a Canadá, no sigamos cayendo con tramposos como este, pero adicional deberías denunciarlo ante una entidad del estado para que esta persona sea investigada, u otra alternativa es que lo pongas en conocimientos de medios de comunicación, tanto en televisión como en radio (séptimo día, Pirry, La W) que realizan este tipo seguimientos y hacen denuncias publicas sin poner en riesgo al denunciante.

    2. Muchas gracias Pat por compartir eso. La acción que describe es efectivamente ilegal. Solamente personas autorizadas pueden cobrar dinero para ofrecer asesoría en materia de inmigración.
      Acerca del refugio, las únicas maneras de pedir refugio son:
      – Solicitando asilo en Canadá (es decir, fisicamente en Canadá)
      – Obtener el estatus de refugiado en un país diferente a su país de nacionalidad (por ejemplo, un colombiano que recibe el estatus de refugiado en Brasil), y que está referido por una organización internacional reconocida, como la ACNUR, para obtener la residencia permanente a Canadá.
      – Siendo perseguido en su país y referido por alguna organización reconocida, podría obtener la residencia en Canadá.
      En otras palabras, a menos de ir a pedir asilo directamente en Canadá, es imposible solicitar refugio sin primero haber recibido el apoyo de una organización internacional.
      Cabe resaltar que ir a pedir asilo directamente en Canadá aplica para personas perseguidas según la definición de la Convención de Ginebra y que requieren protección; no es un programa para obtener una visa de residente permanente en modo acelerado.
      Muchas gracias por compartir esa información! Por cuestión legal, borramos el nombre de la persona que denuncia en su comentario, sin embargo la información que usted publica es sumamente importante. Debemos siempre estar alertas en contra de esas acciones fraudulentas.
      Saludos!

  3. Hola Yves, quisiera hacerle una pregunta, ya que revisando los papeles, y preaprando la documentacion para el CSQ, en la seccion de experiencia profesional, pide una atestacion o certificado de empleo, a mi marido, unicamente le entregan en su trabajo un certificado donde consta:
    – Horas trabajadas a la semana
    – Fecha de ingreso al empleo
    – Puestos que ocupo y durante que periodos de tiempo(sin descripcion de tareas o responsabilidades, es esto lo que nos preocupa)
    Quisieramos saber si ese certificado, con membrete, firma, y datos de la empresa, sirve como comprobante de empleo, ademas de esto adjuntariamos sus recibos de cobro de sueldo, donde figura tambien la fecha de ingreso, y cargo que ocupa actualmente.
    Muchas gracias y disculpe la molestia!
    Pronto acordaremos una nueva entrevista con ud. para comprobar que no tengamos ninguna documentacion faltante antes de enviar toda la documentacion!
    Florencia

  4. Hola Yves, cómo estás?
    Queria consultarte si es posible enviar la documentacion aún cuando no se tiene el total del puntaje necesario para una persona soltera
    Me faltan 4 puntos y espero cubrirlos el mes proximo con el examen ielts y luego enviar el resultado para que actualicen mi dossier.
    Es eso posible?
    Saludos,
    Leonel

Comments are closed.