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10 Responses

  1. Saludos. Quisiera saber si ustedes asesoran sobre el nuevo modelo de aplicación para trabajadores calificados de Quebec, que entró en vigor el pasado 2 de agosto. ¿Las reglas de juego ya están claras y ustedes nos pueden orientar para evaluar y aplicar?
    Gracias.

    1. Estimado Germán, en este momento solo asesoramos bajo el PEQ, permisos de trabajo y permisos de trabajo, porque el nuevo de modelo de solicitudes de arrima aún no tiene parámetros esenciales definidos. Tan pronto tengamos todos los detalles reanudaremos este servicio. Cordial saludo!

  2. hola, por qué razon no han publicado mas nada del nuevo proceso con arrima, ahora sencillamente solo publican entry express, parece que solo responden al programa federal, una lastima, este blog siempre fue de gran ayuda sobre todo para los hispanos, saludos y ojala mejoren las publicaciones.

    1. Estimado Carlos,
      Lo que hemos publicado acerca de Quebec desde los cambios legislativos viene en
      https://elblog.artim.ca/tramites-migratorios/residencia-permanente/programa-de-experiencia-quebequense/programa-de-experiencia-quebequense/
      y
      https://elblog.artim.ca/tramites-migratorios/residencia-permanente/trabajador-calificado-quebec/noticias-inmigracion-a-quebec-2018/
      Faltan todavía muchos detalles acerca de arrima, por el momento es imposible saber bien cómo será posible recibir una invitación. Tenga por seguro que tan pronto tendremos detalles, los publicaremos.Gracias y atentos saludos!

  3. Precisamente porque el blog se ha caracterizado por realizar publicaciones serias y precisas, es necesario ser paciente. Ellos no pueden dar información sobre un proceso que acaba de empezar y que aún requiere de precisiones por parte del gobierno. Ne lâche pas! 🙂

  4. Buenos días, estoy preparando los documentos para apadrinar a mi esposo, él vive en Venezuela. Mi pregunta es los documentos tengo que legalizarlos y también sellarlos por cancillería? O sólo basta la legalización? Gracias

    1. Estimada Maryluisa,
      La mayoría de los documentos no requieren ser legalizados: vea esta nota, que tiene tiempo de ser publicada pero sigue vigente https://elblog.artim.ca/tramites-migratorios/acerca-de-legalizaciones-inutiles/
      Los documentos que traduce con un traductor no canadiense deben ser entregados en copia certificada – ver al respecto https://www.canada.ca/en/immigration-refugees-citizenship/services/application/application-forms-guides/guide-5289-sponsor-your-spouse-common-law-partner-conjugal-partner-dependent-child-complete-guide.html#documents
      Cordial saludo!

  5. Muchas gracias por su respuesta sr. Yves.
    Quisiera saber tambien, si los antecedentes hay que traducirlos.
    Gracias

  6. Hola, soy de Venezuela tengo 21 años, mi papá es ciudadano canadiense, cuáles serían lo pasos que el debe tomar o que debe hacer para pedirme ?

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