Para poder hacer cualquier solicitud de inmigración temporal o permanente como familia, se necesita mostrar la relación como pareja de hecho o conyugal (por al menos 12 meses) o presentar un acta de matrimonio.
Desde el 11 de junio de 2015, el matrimonio por poder ya no es aceptado para trámites migratorios, sin importar el tipo de solicitud de inmigración. Este cambio de la ley tiene incidencia sobre todo para los procesos de apadrinamiento dentro y fuera de Canadá.
Si su solicitud de inmigración, sin importar si es temporal (estudios, trabajo etc.) o permanente (inmigración económica, familiar, de negocios, etc.), ha sido enviada antes del 11 de junio de 2015, no hay nada por preocuparse, los cambios de la ley no le afectan. Sin embargo, para las solicitudes enviadas después de esta fecha, es importante saber que las parejas casadas “por poder” son parte de la categoría “relaciones excluidas”.
¿Qué es el matrimonio “por poder”?
Varios países aceptan el matrimonio a distancia, cuando uno de los dos contrayentes no puede estar físicamente presente en el lugar, fecha y hora de la boda. Por ejemplo un canadiense puede casarse con una colombiana sin tener que viajar a Colombia, enviando un poder a un representante para firmar en su nombre y luego puede participar en la ceremonia por internet, teléfono, etc. En Canadá esto no es posible y el gobierno considera que esta opción abre las puertas a fraudes, por lo que han excluido este tipo de matrimonio de la ley migratoria y la relación es ahora considerada “excluida”. En consecuencia, si su matrimonio ha sido concluido a distancia sin la presencia física de ambos contrayentes, su pareja no es considerada miembro de su familia, sin importar en qué fecha se ha contratado el matrimonio (después o antes del 11 de junio de 2015 cuando cambió la ley canadiense) y sin importar si este tipo de matrimonio es reconocido en su país.
¿Casados por poder y quieren empezar un proceso de apadrinamiento?
Hay dos alternativas:
- Casarse de nuevo (estando ambos físicamente presentes en la ceremonia de boda), lo que puede implicar divorciarse para volver a casarse.
- Si han vivido más de 12 meses juntos bajo el mismo techo y tiene comprobantes, pueden solicitar el apadrinamiento como pareja de hecho.
Importante: ocultar el hecho que su matrimonio fue por poder constituye un fraude y es considerado falsa representación, lo que podría llevar a una interdicción de territorio.
Si tiene dudas sobre el proceso y necesita ayuda personalizada, contamos con mas de 20 años de experiencia para apoyarlo con su proceso.
Aviso legal
El contenido de esta publicación es general y no pretende ser asesoramiento legal específico. Para obtener información sobre cómo se aplican las leyes de inmigración canadiense en su caso particular, le invitamos a programar una consulta personalizada.
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3 Responses
Hola, me gustaria saber que debo hacer, si estoy en Canada de visita y traje mi certificado de matrimonio de Cuba pero fue por poder en el mes de abril, aqui en Canada nos debemos divorciar y volver a casarnos?
Gracias
Muchas gracias Mihaela/Yves.
Estuve haciendo una revisión de los documentos que tengo reunidos ante el cambio que hubo en los formulario y me surge una duda, en el formulario de “Documentos a presentar como pruebas con la solicitud de Certificat de sélection du Québec” sección 9 – 10, indican que uno debe presentar el acta matrimonial y que además, si va a presentar la solicitud en conjunto con su cónyuge debe entregar pruebas de convivencia de por lo menos un año atrás, literalmente:
“Al menos dos pruebas que atesten su estatuto de cónyuge o de cónyuge de hecho en las que figuren su nombre y el de su cónyuge. Los documentos admisibles son los siguientes: – Hipoteca o contrato de alquiler de un alojamiento – Comprobante de cuenta bancaria en común – Factura de servicios públicos (electricidad, gas, teléfono o servicio Internet)”
Esto me inquieta bastante porque a pesar de que vivo con mi pareja hace dos años no tenemos ninguno de los documentos que piden en el formulario con el nombre de los dos. Tenemos los recibos de servicios como celulares y televisión pero llegan a nombre de sólo uno, eso sí con la misma dirección.
Ante lo anterior mis preguntas son:
A pesar de que enviemos el acta matrimonial, también debemos entregar estas pruebas de convivencia?
Si es así, las personas que han enviado sus documentos me pueden indicar qué tipo de papeles han enviado?
Creen que una constancia de crédito para un automóvil que aparece a nombre de los dos servirá? o una constancia de un servicio de salud complementario en la que soy beneficiaria de mi esposo sirve?
Muchas gracias por su respuesta
Hola, en mi caso convivo con mi pareja desde el 2010 (de enamorados estuvimos como 10 años, desde el 2000), tenemos dos hijos uno de 4 años y otro de 11 meses, este año voy a presentar mi solicitud; pero me preocupa los documentos que piden: Hipoteca o contrato de alquiler de un alojamiento – Comprobante de cuenta bancaria en común – Factura de servicios públicos (electricidad, gas, teléfono o servicio Internet), etc. no tengo ningún documento que este a nombre de los dos, la única prueba son los Documentos de identidad de mis hijos (figura el nombre de ambos padres) y en nuestros documentos de identidad tenemos la misma dirección de domicilio.
Saludos,
Vanessa