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¿Mi hermano/a, primo/a o tío/a puede apadrinarme?
No es la respuesta corta. Los únicos miembros de su familia que pueden apadrinarlo son su pareja, sus hijos, padres, abuelos o nietos, salvo ciertas excepciones. Sin embargo, sus familiares podrán ayudarle a inmigrar bajo algunos programas de inmigración provincial.